|
El
Servicio de Impuestos Internos (SII) informa que ha decidido postergar
hasta el 1 de octubre de 2004 la entrada en vigencia del nuevo modelo de
Formulario 29 de declaración y pago simultáneo mensual (F 29), según se
establece en la
Resolución N° 45, del 30 de abril de 2004, medida que se ha dispuesto en
atención al planteamiento y solicitudes en ese sentido formuladas por el
Colegio de Contadores y contribuyentes.
Inicialmente, según la Resolución N° 74, del 16 de diciembre de 2003, el F
29 rediseñado debía comenzar a ser utilizado por los contribuyentes el
próximo 1 de junio.
Pero
en consideración a tales solicitudes recibidas y a la intención de promover
una mejor adaptación y comprensión de los contribuyentes a las
características del nuevo Formulario 29, facilitando con ello el auto
cumplimiento tributario, se ha decidido establecer la fecha del 1 de octubre
de 2004 para su puesto en uso, es decir, cuando corresponde declarar las
operaciones comerciales efectuadas en el período tributario septiembre de
2004.
En el
ínter tanto, el SII se compromete a continuar perfeccionando los desarrollos
informáticos necesarios para dejar disponibles en
www.sii.cl, las aplicaciones que permitan
la recepción vía Internet tanto del formulario electrónico como del software
para envío de archivos del Formulario 29. Ello para que los contribuyentes
comiencen a operar con el nuevo diseño sin dificultades en la fechas
correspondientes a las obligaciones tributarias mensuales que dispone esta
Resolución.
Como parte de su política de
asistencia al contribuyente, el SII prevé seguir las siguientes líneas de
acción en torno al nuevo Formulario 29, para impulsar la adaptación fácil de
los contribuyentes a su empleo:
-
Publicación de suplemento
tributario en un medio de circulación nacional, durante julio 2004.
-
Nuevas aplicaciones de
recepción y corrección de declaraciones en Internet.
-
Información y ayuda a
través del sitio Web del SII
-
Actividades de difusión a
través de entidades gremiales.
Es importante precisar que
las declaraciones mensuales y rectificatorias deberán hacerse en el tipo de
formulario vigente durante el período correspondiente. Es decir, a partir
del período tributario septiembre de 2004 únicamente se podrá declarar o
rectificar utilizando el nuevo Formulario 29, mientras que las
rectificatorias correspondientes a períodos tributarios anteriores a
septiembre de 2004 se deberán hacer utilizando el diseño antiguo.
Características del nuevo F29
El modernizado Formulario
29 está estructurado de forma más lógica que el anterior, por cuanto los
diferentes impuestos que en el mismo se declaran están agrupados por
bloques, lo cual producirá un ordenamiento de los conceptos a incluir que
simplificará y facilitará el cumplimiento de esta responsabilidad
tributaria.
Adicionalmente, esta
disposición por bloques traerá beneficios de simplicidad a quienes solamente
declaran los impuestos más habituales, como el IVA (débitos y créditos) y a
la Renta (retenciones y pagos provisionales), ello debido a que se evitarán
recorrer todo el documento consignando datos diversos.
Otra novedad es que se
agregaron celdas o casilleros destinados a declarar algunos impuestos y
pagos (por ejemplo, impuestos específicos, retenciones por cambio de sujeto,
peajes, IVA anticipado y otros) que en el diseño antiguo no están
considerados separadamente, razón por la cual se declaraban de manera más
agrupada.
Las innovaciones del nuevo
Formulario 29 resultan en que se homologan y armonizan los criterios bajo
los cuales se realiza la contabilidad con aquellos usados para declarar, lo
cual desde luego apoya el ordenamiento de las cuentas, facilita su
entendimiento y brinda más transparencia a la tributación.
Disponibilidad y
uso del nuevo F 29
La versión impresa del
nuevo diseño estará disponible para los contribuyentes en septiembre de
2004, de modo que tengan ejemplares con antelación a octubre, cuando deberán
efectuar su primera declaración en el formulario rediseñado.
No obstante la posibilidad
de declarar en papel, para los contribuyentes siempre es más fácil, seguro y
rápido hacerlo por Internet, a la vez que permite un seguimiento en detalle
del cumplimiento tributario, particularmente si el balance resulta con pago
y se quiere tener comprobante en línea de los pagos realizados.
La gran aceptación por
parte de los contribuyentes del pago por Internet se evidencia al señalar
que en abril de 2004 se transaron por este medio más de $ 430 mil millones,
y que del total de declaraciones mensuales, más del 33 % se concreta también
en www.sii.cl.
Al respecto, se recuerda
que la presentación electrónica en www.sii.cl
permite varias modalidades de pago, incluso desde cuentas bancarias de
terceros. Estas son:
- Pago por convenio
con cargo a la Cuenta Bancaria (PAC):
El contribuyente debe firmar previamente un mandato con su banco para
autorizar el pago.
-
Pago en Línea con cargo a Cuenta
Bancaria (PEL): El
contribuyente, a través de www.sii.cl, se
conecta con el sitio Web de su banco, se autentica y elige el producto con
el cual desea pagar. No se requiere un mandato previo con el banco.
-
Pago en línea con Tarjeta de Crédito
(Webpay): El
contribuyente, a través de www.sii.cl, se
conecta con el sitio de pago de Transbank, se autentica y selecciona el
tipo y número de la tarjeta de crédito con la que desea pagar.
|